El máximo órgano de gobierno de SEIU Local 503 es nuestro Consejo General. Cualquier miembro puede postularse para ser elegido como uno de los más de 400 delegados de este organismo. El Concilio General generalmente celebra una convención cada dos años en años pares. En nuestra convención bienal aprobamos nuestro presupuesto y, mediante la presentación de resoluciones, discutimos y adoptamos políticas y objetivos que afectan a nuestro sindicato. Entre convenciones, el grupo también puede votar sobre temas importantes según lo recomendado por la Junta Directiva.
Los delegados del Concilio General incluyen todos los Funcionarios Estatales, Miembros de la Junta, Directores Asistentes y delegados elegidos de los sublocales que suman un delegado por cada cien miembros o fracción mayoritaria de los mismos. Los procedimientos del Consejo General se describen en los Estatutos del Sindicato bajo el Artículo IX.
Las elecciones sub-locales incluyen el número apropiado de delegados del Concilio General basado en la membresía del sub-local. Se elegirá un suplente por cada dos delegados de las siguientes personas con mayor número de votos que se postulen para delegado del Concilio General. Si un delegado electo no puede servir, el suplente con el mayor número de votos será el delegado de reemplazo. Si un delegado suplente no puede servir, el candidato con el siguiente número más alto de votos se convertirá en el delegado al Concilio General y seguirá siendo el delegado por el período de dos años entre los Concilios. (Estatutos, Artículo XV, Sección 7).
El Consejo General de 2026 se celebrará únicamente de forma presencial el 20-23 de Agosto 2026.En el Centro de Convenciones de Oregón en Portland. Se proporcionará alojamiento a los delegados electos que cumplan con los requisitos de distancia. Cualquier miembro puede presentar una resolución que proponga enmiendas a los Estatutos, las Políticas y Procedimientos Administrativos (PPPA) del Sindicato, o que adopte cualquier otra política para el Sindicato. El objetivo del proceso de resolución es buscar un plan para resolver problemas para los que no existe una solución satisfactoria; expresar una opinión no expresada previamente; o revisar la postura del Sindicato sobre una preocupación económica o social que afecte directa o indirectamente a sus miembros. Cada resolución puede abordar un solo tema. (Estatutos, Artículo IX, Sección 6(a)).
Una sublocal puede respaldar una resolución si una resolución propuesta se presenta en una reunión que es de toda la sublocal (lo que significa que todos los miembros de la sublocal tienen derecho a asistir) y tiene un quórum de representantes sublocales. Si se presenta una resolución en una asamblea sublocal y la sublocal no vota para patrocinar la resolución, el autor puede presentar la resolución por petición con las firmas de cincuenta miembros activos. El patrocinio de firmas solo se permite después de que la resolución propuesta se presenta a una sublocal que se niega a patrocinar la resolución. Ya sea que esté patrocinada por un sublocal o por cincuenta firmas, la resolución propuesta debe enviarse por correo o entregarse personalmente a la sede de SEIU Local 503 Salem a la atención del Comité de Revisión de Resoluciones (c/o Departamento Legal) y debe recibirse a más tardar el 23 de mayo de 2026. La Junta Directiva también puede patrocinar resoluciones, las cuales deben ser presentadas al Comité de Revisión de Resoluciones a más tardar el 21 de julio de 2026. (Estatutos, Artículo IX, Sección 6(a)).
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