Publicado: septiembre 18, 2015

  1. Abogacía de provisión para padres y tutores. Los proveedores de servicios para padres, organizados a través de nuestro sindicato, impulsaron ODDS y respondieron con un proceso justo en el que los tutores podrían seguir siendo proveedores remunerados. Los tutores ahora pueden designar a otra persona para asumir el rol del empleador. Esta persona designada podría ser otro miembro de la familia, un amigo de la familia o un miembro de la comunidad de confianza. El individuo designado tendrá dos responsabilidades: cerrar sesión en las hojas de asistencia del proveedor y asistir a las reuniones del Plan de Apoyo Individual (ISP). Los guardianes aún podrán asistir a las reuniones del ISP. Este fue un cambio de la postura inicial de conflicto de intereses que el estado estaba asumiendo con los proveedores de proveedores y tutores.
  2. Soportes naturales. Nuestro sindicato abogó por el cumplimiento por parte del estado y sus proveedores de servicios para eliminar el apoyo natural obligatorio tal como se describe en la Opción Community First Choice de Medicaid State Plan. Esto significa que los proveedores familiares son compensados ​​por las necesidades evaluadas de sus seres queridos bajo su cuidado y ya no se espera que trabajen gratis debido a su estado familiar.
  3. SB 1542 dio acceso a los servicios de asistencia domiciliaria a los residentes de Oregón que no necesitaban Medicaid al Registro de la Comisión de Atención Domiciliaria. Esto permitió a muchos habitantes de Oregón una forma más económica de encontrar trabajadores calificados de Atención domiciliaria ya que el estado solo estaba recuperando los costos administrativos. Hasta este punto, las opciones eran entre contratar una agencia o publicitar y contratar por su cuenta.
  4. SB 559 requiere CDDP para proporcionar a los residentes de Oregón con discapacidades del desarrollo al menos tres opciones de ubicación al decidir dónde vivir y recibir servicios. Al menos dos deben ser de diferentes entornos (p. Ej., Dos hogares de crianza para adultos y un hogar grupal). Anteriormente, los habitantes de Oregón con discapacidades del desarrollo tenían poca o ninguna opción de dónde vivían y recibían los servicios.
  5. SB 5529 notas de presupuesto eliminado los topes monetarios en dólares de servicios individuales de los consumidores de corretaje. Las necesidades del consumidor se financiarán por completo en el nivel evaluado en la herramienta de evaluación de necesidades, sin límites ni necesidades no satisfechas. Los consumidores ya no tendrán que hacer que los fondos limitados se extiendan entre horas de soporte, tecnología y servicios de empleo.
  6. SB 5529 Como resultado de la eliminación de la tapa, los consumidores ya no tendrán que acudir a los servicios de crisis para satisfacer sus necesidades.  Esto significaba que los consumidores no tendrían una interrupción en su entorno familiar o en la relación existente de administración de casos para que se satisfagan sus necesidades. El proceso hasta este punto era que los consumidores tenían que meterse en una cama de “crisis” que a veces se encontraba en una ubicación diferente a la de su situación de vida actual. Junto con la mudanza, al consumidor también se le asignó un nuevo administrador de casos de "crisis" y le transmitió información muy personal a alguien nuevo en un momento que podría ser particularmente estresante.  
  7. SB 626 Se amplió el Programa del Defensor del Pueblo de Atención a Largo Plazo (LTC) de Oregón para incluir a los residentes de Oregón con enfermedades mentales o discapacidades del desarrollo. Muchos familiares, trabajadores de servicios directos y consumidores habían expresado su frustración por sus preocupaciones sobre los derechos de los residentes, la calidad del servicio, las disparidades en el acceso al servicio, la falta de elección con respecto a las opciones de servicio y las iniciativas de desarrollo de sistemas.
  8. SB 640 ordenó que las necesidades de servicio se evalúan una vez cada tres años o, si un proveedor solicita una reevaluación antes del período de tres años, que se llevará a cabo una reevaluación si el proveedor tiene documentación de que los servicios no se pueden brindar con el nivel de financiamiento actual. Esta fue una mejora con respecto al ciclo de 5 años que se había implementado anteriormente. Los proveedores de servicios en ese momento se vieron obligados a presentar un aviso de salida para obligar al condado a reevaluar la financiación del servicio.
  9. Reevaluación en la herramienta de evaluación de necesidades funcionales. Los proveedores, organizados a través de nuestro sindicato, abogaron por el derecho de los consumidores a recibir una reevaluación si creen que no se están satisfaciendo sus necesidades. Los consumidores ahora pueden solicitar y deben recibir una reevaluación dentro de los días 45 de su Agente personal o Coordinador de servicios.
  10. Eliminación de la lista de espera para personas con discapacidades intelectuales o del desarrollo que buscan servicios dentro del sistema de entrega Community First Choice Option.  Los proveedores, organizados a través de nuestro sindicato, abogaron por la eliminación de la lista de espera para las personas que esperan servicios de corredores y CDDP. Esto permite a los residentes de Oregón con discapacidades del desarrollo satisfacer sus necesidades sin tener que esperar a que llamen a su número para solicitar servicios de apoyo.