Publicado: Julio 28, 2020

Carta de acuerdo

Pandemia de COVID-19 y alternativas a los despidos

 

Este Acuerdo se celebra entre SEIU Local 503, OPEU, en adelante la Unión, y Eastern Oregon University (EOU), Oregon Institute of Technology (OIT), Oregon State University (OSU), Portland State University (PSU), Southern Oregon University (SOU), University of Oregon (UO) y Western Oregon University (WOU), en adelante, el Empleador, las Universidades o la Universidad. 

 

Debido a los impactos en el presupuesto y el lugar de trabajo que resultan de la pandemia de COVID-19, es necesario que las universidades y el sindicato trabajen en colaboración para mantener segura la comunidad de nuestro campus y al mismo tiempo proteger los trabajos y garantizar una reapertura sin problemas de los campus durante el período de otoño. .  

 

Alternativas al despido

 

De conformidad con el Artículo 44, Sección 11 del acuerdo de negociación colectiva (CBA) de OPU / SEIU 2019-2021, una Universidad individual y el Sindicato se reunirán para discutir la protección de los trabajos de los miembros de la unidad de negociación durante esta crisis, compartir toda la información presupuestaria de la Universidad conocida y discutir si es factible alguna alternativa a los despidos. Si una Universidad desea utilizar las dos alternativas a los Programas de despido a continuación, se reunirá con el Sindicato para determinar:

  1. Empleados afectados;
  2. En cuál de los programas participar;
  3. Duración de los programas que se ofrecen; 
  4. Plazo de aviso; y
  5. Acepte lo anterior mediante un acuerdo escrito. 

 

Programa de trabajo compartido: Durante el término de esta carta de acuerdo, las universidades pueden solicitar al Sindicato que acepte una solicitud conjunta para el Programa de Trabajo Compartido del Departamento de Empleo de Oregon. El Programa de Trabajo Compartido permite a la Universidad reducir las horas de los empleados entre un veinte y un cuarenta por ciento (20% - 40%), dependiendo de la disponibilidad de trabajo relacionado con sus puestos como alternativa al despido.  

 

La elegibilidad para el Programa de Trabajo Compartido requiere seis meses de tiempo completo o doce meses de servicio activo a tiempo parcial en la Universidad. Los participantes deben completar oportunamente los formularios requeridos para el programa según lo comunique la Universidad. Los empleados que no cumplan con los criterios para participar en el Programa de trabajo compartido podrán participar cuando sean elegibles. Si se considera inelegible, la Universidad notificará inmediatamente al trabajador afectado y al Sindicato. Si no es factible para la Universidad mantener las horas de los empleados no elegibles, los empleados pueden ver reducidas sus horas y deberán presentar sus propias reclamaciones de desempleo, pero se aplicarán todos los demás términos de este acuerdo y el Programa de trabajo compartido. 

 

Durante el período de trabajo compartido, los empleados seguirán recibiendo acumulaciones y todos los demás beneficios complementarios en función de su FTE antes de la reducción de horas. Los empleados actualmente elegibles para beneficios de salud mantendrán el mismo nivel de beneficios.

 

Las Universidades trabajarán en cooperación con el Sindicato para garantizar que los Empleados tengan opciones para utilizar las licencias pagadas durante el tiempo que estén en Work Share. Cuando un empleado de Work Share utiliza una licencia pagada permitida por contrato durante una semana laboral, la Universidad reducirá las horas de trabajo disponibles para el empleado por la cantidad de horas de licencia aprobadas y el empleado utilizará la cantidad apropiada de licencia pagada para mantener su elegibilidad. para el programa Work Share.

 

Siempre que sea posible, la universidad asignará la reducción de horas a partes iguales entre todo el personal clasificado de una unidad de trabajo. Si se debe asignar una reducción mayor de horas a algunos empleados clasificados y no a otros dentro de una unidad de trabajo donde varios empleados clasificados están en la misma clasificación o realizan la misma función laboral, entonces se deben considerar aquellos empleados clasificados con la mayor antigüedad, siempre que que el empleado esté calificado para el puesto.

 

En el caso de que los puestos de los Empleados de Trabajo Compartido deban ser transferidos a despidos antes de la fecha de finalización del acuerdo de Trabajo Compartido de la Universidad como resultado de los impactos de COVID-19, estos Empleados, en lugar de ser despedidos de conformidad con el Artículo 44, serán colocados en Programa de Beneficios Ampliados de las Universidades. Las universidades notificarán la transición a los empleados y al presidente del sindicato local a más tardar quince (15) días antes de la fecha de vigencia de la transición.

 

Programa de beneficios extendidos  

 

Los empleados colocados en el Programa de Beneficios Ampliados tendrán la opción, desde el principio y luego en cualquier momento durante su participación en el programa, de participar en el programa o proceder al despido de acuerdo con el Artículo 44. Bajo el Programa de Beneficios Ampliados de las Universidades , y de conformidad con los términos adicionales identificados a continuación, una Universidad: (1) colocará a los Empleados en Licencia sin Pago (LWOP) después de su período de notificación; (2) pagar tanto al empleador como al empleado la parte de las contribuciones a los beneficios de atención médica de los Empleados; y (3) devolver a los Empleados a sus puestos anteriores sin pérdida de antigüedad en el período de tiempo acordado o notificar el despido. 

 

Los empleados que sean elegibles para la cobertura de atención médica proporcionada por la Universidad recibirán una cobertura continua de beneficios de atención médica básicos durante el período de LWOP. Durante el período LWOP, la Universidad pagará la contribución a los beneficios de atención médica tanto del Empleador como del Empleado. Los planes de seguro opcionales seguirán siendo responsabilidad del empleado y el empleado puede cancelar estos beneficios durante el período LWOP. 

 

Seguro de desempleo: Las partes entienden que los empleados que participan en cualquiera de los programas anteriores probablemente sean elegibles para la compensación por desempleo porque el Departamento de Empleo de Oregón señala que cualquier empleado que esté sin trabajo debido a COVID-19 ahora es elegible para recibir beneficios por desempleo a través del estado. Esto incluye a los empleados que son temporalmente despedidos, que no pueden trabajar porque tienen que quedarse en casa para cuidar a un niño debido al cierre de escuelas y / o que no pueden trabajar porque su empleador ha cesado o reducido sus operaciones debido a COVID-19. Los empleados que son elegibles para el seguro de desempleo estatal probablemente también serán elegibles para el beneficio de seguro de desempleo semanal ampliado del gobierno federal de $ 600 hasta el 25 de julio de 2020.

 

Sorteo de nómina: Debido al retraso en las reclamaciones del seguro de desempleo, muchos empleados que participan en el Programa de beneficios extendidos aún no han recibido ningún beneficio de desempleo. Esto ha creado una dificultad significativa para los empleados y sus familias. Durante la vigencia de este acuerdo, los empleados que participen en el Programa de Beneficios Extendidos podrán acceder a un sorteo de nómina de emergencia no mayor a un mes de su pago regular. 

 

Para las opciones de reembolso, un empleado puede:

  1. Intercambiar, en una elección inicial única, todo o parte de las vacaciones y / o tiempo compensatorio para compensar total o parcialmente el retiro del empleado; y / o
  2. La elección del empleado de pagos mensuales iguales durante 8, 12 o 24 meses.

 

Si el empleado afectado pasa a un despido o termina su empleo en la Universidad, la Universidad deducirá el dinero adeudado de los saldos de licencia de los empleados.

 

Volver al trabajo: Cuando el trabajo regrese a las unidades, la Universidad devolverá a los empleados al trabajo antes de la fecha de finalización acordada para cualquiera de los programas anteriores. Los empleados volverán a trabajar por orden de antigüedad dentro de la unidad de trabajo. 

 

Derechos de despido: Si la Universidad no puede devolver a los empleados al trabajo al final del período de tiempo acordado debido a la falta de trabajo o por razones financieras, serán separados del empleo y se les otorgarán todos los derechos de despido, de conformidad con el artículo 44 del convenio colectivo de las partes. . La Universidad proporcionará los avisos de despido al menos treinta días antes de la fecha de separación. Tenga en cuenta que los empleados en el Servicio de prueba pueden no tener derechos de despido previstos en el convenio colectivo.

 

Oportunidades de teletrabajo

 

En un esfuerzo por apoyar a los empleados clasificados representados por SEIU, las Universidades aprobarán la solicitud de un empleado para trabajar a distancia, a menos que el puesto del empleado sea uno que no pueda realizarse fuera del lugar de trabajo, las necesidades operativas de la Universidad requerirían que el empleado sea en el lugar de trabajo, o los recursos para realizar el trabajo requerido por el empleado no están disponibles (es decir, computadoras, disponibilidad de la red, etc.). La Universidad proporcionará, por escrito, la necesidad operativa de la negación. Si el empleado no está de acuerdo con la decisión de la Universidad, el empleado puede apelar la decisión por escrito al Director de Recursos Humanos de la Universidad ("CHRO"), o su designado, dentro de los cinco (5) días calendario posteriores a la recepción de la decisión de la Universidad. El CHRO de la Universidad, o su designado, responderá dentro de los tres (3) días calendario aprobando o negando la solicitud de teletrabajo. 

 

Programación flexible, licencia por enfermedad con goce de sueldo de emergencia y licencias por convenio colectivo 

 

Es probable que el estado de emergencia en Oregon en lo que se refiere a la pandemia global de COVID-19 presente tiempos inciertos por delante. Los empleados representados por SEIU siempre deben considerar su bienestar y el bienestar de sus familias. Con este fin, las universidades acuerdan proporcionar a todos los empleados representados por SEIU dos (2) semanas de licencia por enfermedad pagada de emergencia de conformidad con la Ley de Licencia por Enfermedad Pagada de Emergencia ("HR 6201"), pero pondrán esta licencia a disposición de todos los empleados representados por SEIU sin la necesidad de un evento calificado enumerado en HR 6201. Esta licencia por enfermedad pagada de emergencia es de hasta ochenta (80) horas para los empleados de tiempo completo, prorrateada para los empleados de tiempo parcial y pagada según la tasa de pago regular del empleado. Esta licencia es adicional a las licencias acumuladas y previstas por el CBA, y no hay ningún requisito de que el empleado utilice o agote las licencias acumuladas antes de utilizar la licencia por enfermedad de emergencia pagada. 

 

Si bien se recomienda que cuando un empleado deba estar lejos del lugar de trabajo por razones personales o relacionadas con la salud, incluida la necesidad de estar en casa para el cuidado de un niño cuya escuela o lugar de cuidado haya cerrado debido a esta emergencia de salud pública , el empleado primero solicita un horario flexible o teletrabajo, el empleado no necesita solicitarlo primero y puede usar la licencia por enfermedad pagada de emergencia anterior. 

 

Si el empleado solicita un horario flexible o teletrabajo, las universidades trabajarán para aprobar horarios flexibles si las necesidades operativas lo permiten y teletrabajo de acuerdo con el lenguaje anterior. Cuando la programación flexible o el teletrabajo no son posibles, un empleado puede usar su propia licencia personal, tiempo de vacaciones, licencia por enfermedad pagada de emergencia o licencia por enfermedad por las razones indicadas en la CBA o la Ley de Licencia por Enfermedad de Oregon, o irse sin paga para cubrir el tiempo fuera de el lugar de trabajo.

 

Los empleados serán elegibles para la licencia por dificultades bajo el Artículo 36, Sección 8 del CBA siempre que un empleado haya agotado todas las demás licencias pagadas, incluida la licencia por enfermedad pagada de emergencia.

 

Limpieza y desinfección ambiental 

 

Para garantizar la seguridad y la salud de los empleados representados por SEIU, las universidades proporcionarán la capacitación, el equipo de seguridad, los suministros y el equipo de protección personal necesarios y apropiados, requeridos por los CDC u OHA, a los empleados que deben trabajar y están programados para trabajar por su supervisor para ayudar con el medio ambiente. limpieza y desinfección. 

 

Riesgo de exposición 

 

Si una universidad tiene conocimiento de que un empleado ha estado potencialmente expuesto a alguien con COVID-19 durante el curso de su trabajo, el supervisor del empleado notificará al empleado dentro de un (1) día hábil desde el conocimiento de la exposición.

 

Los empleados asignados a trabajar en un área que se confirme que han estado expuestos a alguien con COVID-19 serán notificados antes de ingresar al área de trabajo. Los empleados asignados para desinfectar y limpiar el área de exposición deberán tener el PPE adecuado provisto de conformidad con las pautas de los CDC y OHA. 

 

Reapertura de la Universidad

 

La salud y la seguridad de los estudiantes, profesores y personal deben ser la consideración principal en la toma de decisiones sobre cuándo reabrir un campus. El personal clasificado, a través de su sindicato, debe participar en las decisiones relacionadas con la mejor manera de implementar la reapertura del campus. Con el fin de garantizar la plena participación, las universidades serán transparentes, mantendrán al personal clasificado completamente informado y consultarán de manera significativa con los líderes de la Unión. Los comités universitarios encargados de desarrollar el plan para la reapertura de la Universidad deberán tener al menos un representante del personal clasificado elegido por la Unión. Los planes de reapertura por escrito se proporcionarán al Sindicato para su consulta antes de enviarlos a la junta directiva de la Universidad para su aprobación.

 

Comité de Salud y Seguridad COVID-19: Las universidades establecerán un Comité de Salud y Seguridad de COVID-19 para revisar las preguntas y preocupaciones en curso relacionadas con la pandemia de COVID-19. El comité proporcionará consultas a la Unión para las actualizaciones propuestas al plan de reapertura escrito. El comité tendrá al menos un representante del personal clasificado elegido por la Unión.

 

Autochequeo: Si una Universidad establece un procedimiento para que los empleados se autoverifiquen para detectar síntomas de COVID-19, se consultará al Sindicato sobre el procedimiento antes de la implementación. Las universidades se asegurarán de que se lleve a cabo cualquier autoverificación en el horario laboral de los empleados y mantendrán la confidencialidad de los datos recopilados. No será necesario realizar una autocomprobación si trabaja desde casa. Si a un empleado que no puede flexionarse o trabajar a distancia se le niega la oportunidad de trabajar debido al procedimiento de autocomprobación o la Universidad lo envía a casa porque se sospecha que tiene o está expuesto a COVID-19, el trabajador afectado será colocado en licencia administrativa. 

 

Disposiciones adicionales 

 

Presentaciones de programas conjuntos: La Universidad permitirá que los empleados asistan a presentaciones realizadas conjuntamente por el Sindicato y la Universidad sobre los Programas durante el horario laboral. 

 

Sacrificio compartido: Las Universidades acuerdan que cualquier sacrificio realizado por trabajadores clasificados no será mayor que el de cualquier otro grupo de empleados en una Universidad. Si una Universidad reduce las reducciones en la compensación o las horas para los administradores no clasificados como grupo en cualquier momento, entonces la Universidad acepta hacer lo mismo con los empleados clasificados en ese momento.

 

Gorra de vacaciones: Dada la dificultad de muchos empleados para utilizar la licencia de vacaciones durante la pandemia, las Partes acuerdan aumentar el límite de acumulación de tiempo de vacaciones a 350 horas durante la vigencia de este acuerdo. A los empleados que superen las 250 horas en junio de 2021 se les dará un período de tiempo razonable para usar la licencia de vacaciones o, a su elección, se les cobrará por cualquier monto que no reduzca su saldo por debajo de las 200 horas. Los empleados que hayan perdido la licencia (Vacacional, personal o obligatoria), debido al tope y / o el trabajo compartido, a partir de mayo de 2020, tendrán las licencias reintegradas y agregadas a sus saldos de licencia.

 

Período de recuperación: Las Partes acuerdan aumentar el tiempo que un empleado puede estar en la lista de retiro a veinticuatro (24) meses (Artículo 44, Sección 9. (A) (3) (b)) para los empleados que han sido despedidos desde 8 de marzo de 2020. 

 

Acción legislativa o ejecutiva 

 

Las Partes reconocen que la legislación y las acciones ejecutivas relacionadas con COVID-19 están en constante evolución. En caso de que una acción legislativa o ejecutiva federal o estatal afecte a una Universidad o las Universidades de manera que sea necesario modificar esta LOA, el Director de Servicios de Relaciones Laborales de USSE notificará al Sindicato.

 

Este acuerdo no renuncia ni limita la capacidad de la Universidad para implementar procedimientos o acciones bajo las Cartas de Acuerdo previamente acordadas y el acuerdo de negociación colectiva de SEIU y no sentará precedente para futuras acciones o negociaciones laborales. Cuando exista un conflicto entre las LOA previamente acordadas, prevalecerá este acuerdo. 

 

Esta Carta de Acuerdo será válida hasta el 30 de junio de 2021.

 

SEIU, Local 503, OPEU Universidades públicas de Oregon

 

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Melissa Unger Brian A. Caufield

Directora Ejecutiva Jefe negociador 

 

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